Siete de cada diez conductores en México no tienen seguro automotriz
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Siete de cada diez conductores en México no tienen seguro automotriz

Ante esto los que sufre un accidente se encuentran desprotegidos

En México, siete de cada diez conductores de un automotor, auto o camión, no tiene en su poder un seguro vehicular y por lo tanto la mayoría no tiene la capacidad para afrontar daños materiales y humanos provocados por él en un accidente automovilístico.

El Centro de Experimentación y Seguridad Vial México informó lo anterior y dijo que como consecuencia de lo anterior, la mayor parte de los conductores y peatones que son víctimas de un accidente se encuentran desprotegidos y obtienen una mínima incluso nula indemnización en caso de muertes, discapacidad o lesión.

El organismo explicó que hoy en día 14 estados de la republica tienen como ley el seguro vehicular obligatorio, sin embargo en todos estos casos no se hace una inspección para conocer si esto se cumple ni existen sanciones a quienes no siguen este ordenamiento.

Cuando no hay una cultura de seguros vehiculares, advierte CESVI México lo que se fomenta es una considerable falta de conciencia entre los conductores, muchos de los cuales incluso huyen de una escena de accidente al saberse incapacitados para afrontar los daños económicos de un percance.

CESVI México considera que nuestro país es un caso grave en América latina ya que es una de las pocas naciones que no tiene el seguro vehicular obligatorio; en el país el 74% de los vehicularse, es decir 22.5 millones de autos circulan sin seguro-

En el Distrito Federal y Nuevo León, las entidades que más han trabajado en este tema, sólo la mitad de los vehículos tiene este seguro.

Contrariamente, CESVI México hizo mención de algunas de las principales ventajas que se tienen cuando se posee un seguro vehicular vigente son:

  • Pago de indemnización o compensación por muerte, incapacidad o lesiones
  • Ahorro de recursos valiosos
  • Ahorro potencial en recursos económicos y tiempo por disminución de casos de controversia ante ministerios públicos y jueces.
  • Pago de daños materiales
  • Pago de costos médicos y hospitalarios adecuados